Impuestos a las Ganancias SIRADIG

El Ministerio de Hacienda de la Provincia informa que los cambios en el Impuesto a las  Ganancias establecido por la AFIP a través de la Resolución 3976/16, exigen al Estado Provincial satisfacer las obligaciones emanadas desde el Organismo Nacional el que deberá ser cumplimentado por todas las personas alcanzadas por el impuesto con el objeto de informar las deducciones permitidas utilizando el Formulario 572 web SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

Por ello todos los Agentes Públicos que se encuentren alcanzados por el Impuesto a las Ganancias de acuerdo a la remuneración bruta obtenida en el año inmediato anterior, quedaran obligados a presentar a través del Formulario 572 web SIRADIG, las deducciones permitidas para el cálculo y determinación del impuesto resultante.

Consecuentemente con el artículo anterior y hasta el 31 de marzo (plazo excepcional para el año 2017), el agente deberá gestionar a través de su Clave Fiscal la carga de las deducciones permitidas para la determinación del Impuesto a las Ganancias.

Resolución MH99
Resolución MH99

 

Impuestos a las Ganancias SIRADIG